REGLAMENTO GENERAL PARA
EL INGRESO DE MASCOTAS
A SAN PEDRO PLAZA COMERCIAL

El Centro Comercial San Pedro Plaza Comercial invita a sus clientes a disfrutar con su mascota en sus instalaciones, cumpliendo el presente reglamento que regula el ingreso, permanencia y circulación de las mismas, siendo el único responsable su tenedor o propietario, quien debe asumir cualquier riesgo que represente el animal frente a las diferentes zonas y espacios del Centro Comercial, locales, otras mascotas, personas y niños visitantes. Igualmente, con este reglamento, que está basado en la ley 1801 de 2016 (Código de Policía) buscamos proteger la integridad de las personas, la salubridad pública y el bienestar de la propia mascota, por lo tanto, lo puntos expuestos a continuación serán de obligatorio cumplimiento:

  1. Sólo se permite el ingreso de mascotas domésticas (perros o gatos). Por razones de seguridad no se permite el acceso a nuestras instalaciones de animales de otras especies.
  2. Para ingresar al Centro Comercial, es necesario que el tenedor y/o propietario de cumplimiento a lo ordenado en el Título XIII, referente a la “Relación con los Animales”, Capítulos I, II y IV, del Código Nacional de Policía, al igual que las normas reglamentarias del mismo u otra norma vigente al respecto.
  3. Todo tipo de perro debe ser sujetado con correa durante toda su permanencia en el Centro Comercial, de lo contrario deberá permanecer en brazos.
  4. Los perros que han sido adiestrados para el ataque y defensa, o que han tenido episodios de agresiones a personas o a otros perros y en general todos los animales peligrosos o potencialmente peligrosos definidos como tales en el Código Nacional de Policía y en la Ley 746 del 2002, en especial los pertenecientes a las siguientes razas: american staffordshire terrier, bullmastiff, doberman, dogo argentino, dogo de burdeos, fila brasileiro, mastín napolitano, pit bull terrier, american pit bull terrier, de presa canario, Rottweiler, sttaffordshire terrier, tosa japonés y aquellas nuevas razas o mezclas de razas que el Gobierno Nacional determine, deberán portar su bozal y su correa en todo momento, además del documento que acredite su registro ante la Administración Municipal competente para visitar el Centro Comercial y copia de la póliza de responsabilidad civil extracontractual para cubrir posibles indemnizaciones que te exige la ley. En caso de no cumplir lo anterior, solicitaremos el retiro de las instalaciones. Sin perjuicio de lo anterior, el Centro Comercial, se reserva el derecho de admisión en caso de considerarlo inconveniente para la seguridad de los visitantes. De presentarse algún caso que comprometa la seguridad o integridad física de los visitantes, clientes, usuarios, consumidores, copropietarios y demás, así como de los bienes muebles e inmuebles, se solicitará el retiro de la persona responsable y de la mascota.
  5. Todo cliente que ingrese con su mascota debe cumplir con la reglamentación, vacunación, salubridad y seguridad. De presentarse alguna situación, el propietario de la mascota debe tener el carné de vacunación a la mano. En ninguna circunstancia se considera representante o responsables de las mascotas los menores de edad.
  6. Para evitar accidentes e inconvenientes, la mascota debe llevarse cargada en los desplazamientos por las zonas de parqueaderos, escaleras estáticas y eléctricas, ascensores y rampas eléctricas. No se permite subirlas a sillas, fuentes, y rotondas del Centro Comercial.
  7.  La mascota deberá portar en todo momento placa de identificación, collar y correa, de manera que no pueda transitar sola, sin la supervisión de su propietario.
  8. No se encuentra permitida la circulación de mascotas en zonas en donde se expendan alimentos como las zonas de los Cafés, Popsy, Zonas comunes de alimentos, ni el ingreso a Plazoleta de comidas en el segundo piso. De igual forma se encuentra prohibido el ingreso a los baños. Igualmente, El Centro Comercial no puede obligar a los comerciantes a que permitan el ingreso de tu mascota al interior de su local, por tanto, dependerá de cada comerciante si se te permite o no. Lo anterior será flexible solo con mascotas guías o lazarillos, que presenten su respectiva certificación y solo en este caso, la mascota podrá acompañar a su amo durante su recorrido.
  9. El tenedor de cada mascota debe estar atento para que no realice ninguna necesidad fisiológica en el Centro Comercial. Por tanto, en caso de que esta situación ocurra, es necesario que el responsable de la mascota tenga su respectivo KIT DE LIMPIEZA para que proceda a realizar la recolección y secado de forma inmediata. Este Kit debe contar con bolsa de basura, pala y /o toallas de limpieza para garantizar que nuestras áreas permanezcan siempre limpias y en adecuadas condiciones de aseo e higiene. La disposición final de los excrementos es de manejo exclusivo del propietario y debe depositarlo en el lugar designado por el Centro Comercial para tal fin.
  10.  Las mascotas son responsabilidad su tenedor o propietario, por eso deberá estar atento y evitar que cualquier persona pueda resultar perjudicada por ellas en sus bienes, integridad física y/o en su vida. De esta manera, se entiende que se excluye de toda responsabilidad por daños materiales, físicos y/o morales al San Pedro Plaza Comercial, siendo el tenedor o propietario de la mascota el único responsable en asumir los costos de resarcimiento o reparación de daños, lesiones o perjuicios que cause su mascota a personas, bienes de terceros, áreas comunes, áreas privadas, y en general a las instalaciones. El tenedor asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto del animal de compañía, por su tenencia o propiedad o por el incumplimiento de las normas sobre tenencia animal.
  11. A fin de garantizar la seguridad de nuestros visitantes, El Centro Comercial San Pedro Plaza Comercial se reserva el derecho de admisión en el evento que lo considere necesario y en situaciones que afecten la normal y tranquila estadía en el Centro Comercial.
  12. El Centro Comercial no asume ninguna responsabilidad por mascotas olvidadas o abandonadas, ya que no somos responsables del cuidado de las mismas, pérdidas, lesiones o muertes.
  13. Si un niño se acerca a la mascota, el dueño debe advertir al acudiente si es un perro que se puede acercar o definitivamente no es amigable con las demás personas. Será responsabilidad tanto del dueño de la mascota como del acudiente del niño el manejo y riesgo de la situación, no haciendo responsable al centro comercial de la misma.
  14. No está permitido dejar perros y gatos amarrados en los exteriores del Centro Comercial o encerrados dentro de los vehículos que se encuentren en el parqueadero.
  15. En el Centro Comercial San Pedro Plaza Comercial respetamos y velamos por la protección de los seres sintientes que visitan nuestras instalaciones. Por lo tanto, de conformidad con la Ley 1774 de 2016 cuando se evidencia algún tipo de maltrato, abuso, violencia o trato cruel por parte de los propietarios o tenedores u otros hacía los perros y gatos que se encuentren dentro de las instalaciones de la Copropiedad, daremos aviso a las autoridades competentes para que tomen las medidas de protección establecidas en esta Ley. Al ingresar a nuestras instalaciones se excluye de toda responsabilidad al Centro Comercial San Pedro Plaza Comercial. Así mismo, ante una eventual multa o condena en contra del Centro Comercial y pago de las mismas, por eventos ocasionados por la mascota o derivados del incumplimiento de la normativa vigente al respecto. La Administración.

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